El Consejo Nacional de Seguridad Social suspendió la Resolución que limitaba a afiliados a una sola pruebas PCR por año
SANTO DOMINGO– EL Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) suspendió el día de hoy la resolución 00237-2021 en la que se limitaba a los afiliados de seguros médicos a una sola prueba PCR por año.
El Colegio Medico Dominicano (CMD), y su presidente Waldo Ariel Suero habían emitido un recurso de apelación a esta Resolución.
Waldo Suero mantiene la posición de que no es posible que el pueblo solo tenga acceso a una prueba anual de la PCR y tampoco que sea condenado a pagar 1,750 pesos por la prueba antigénica como un prerrequisito obligatorio para realizarse la PCR.
Mientras la gerente general del CNSS, Félix Aracena Vargas, dispuso a la Sisalril aplicar y respetar el artículo 13 del Reglamento de Normas y Procedimientos para Apelaciones que establece “la interposición del recurso de apelación suspenderá, de forma inmediata, con la presentación de la solicitud de parte interesada, la ejecución de la decisión recurrida, hasta por un máximo de 90 días”.
El artículo 13 establece también que “si en dicho plazo de 90 días de haber recibido la solicitud de suspensión, el CNSS no decidiera sobre el recurso de apelación, se considerará denegada la solicitud, en cuyo caso la decisión recurrida adquirirá su efecto ejecutorio, hasta tanto el CNSS decida definitivamente sobre el recurso principal de apelación”.