Ministerio Público obtiene condena por homicidio ocurrido en Samaná
SAMANÁ .- El Ministerio Público obtuvo una sentencia condenatoria de cinco años de prisión en contra de un hombre que le quitó la vida a otro, luego de que el occiso sostuviera un altercado con un hijo suyo, al que hirió con un arma blanca, en un hecho ocurrido en esta provincia el 19 de noviembre de 2022.
La sentencia fue dictada en contra del acusado Ubaldo de Jesús Jiménez (Cuquiro) por provocarle la muerte a Samuel Deogracia a causa de heridas de arma de fuego.
El Tribunal Colegiado de Samaná estableció mediante las pruebas aportadas por el Ministerio Público y la defensa técnica del acusado que se trató de un homicidio excusable, ya que la víctima había sostenido una pelea con un hijo del acusado, a quien hirió con un machete que portaba.
Testigos narraron en el proceso que, luego de que el padre del herido (acusado) se acercó al lugar para ver lo que pasaba, el hoy occiso se iba a dirigir hacia él, siendo en esas circunstancias que el procesado buscó una escopeta en su vehículo y le advirtió a la víctima que no se le acercara. Expusieron que el acusado hizo un primer disparo de advertencia para que Deogracia se retirara, pero que, a pesar de ello, este continuaba dirigiéndose hacia él con el machete en manos, por lo que le disparó, impactándolo en una pierna.
Deogracia, luego del hecho, fue llevado al hospital de esta provincia donde se declaró su deceso.
De Jesús Jiménez fue hallado culpable violar los artículos 295, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano, y la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados en perjuicio de Deogracia.
La investigación estuvo a cargo del fiscal Daniel Misael Rijo, mientras que en la litigación representaron al Ministerio Público la procuradora de corte María De La Cruz Paredes junto al magistrado Natanael Frías.
Los jueces Edward Soto Soto, Martha Indhira, Javier Cedano y Mayra de la Cruz dictaron la sentencia y ordenaron su cumplimiento en la cárcel pública de Samaná.
En estos casos la ley establece penas desde los 3 hasta los 20 años de prisión.