La DGII desmiente creación de nuevos impuestos para sector médico
Santo Domingo.-La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) desmintió este miércoles las afirmaciones de sectores médicos sobre la supuesta creación de nuevos impuestos a través de la Norma 04 – 2022 Sobre Incorporación, Permanencia, Exclusión y Declaración Jurada en el Régimen Simplificado de Tributación (RST).
La institución explicó mediante un comunicado que el objeto de esta Norma General es establecer el procedimiento de incorporación, permanencia y exclusión del Régimen Simplificado de Tributación (RST), así como regular los aspectos de validación de propuestas, tratamientos aplicables para la exención contributiva y para retenciones no realizadas, en las modalidades de compras e ingresos.
Es decir, el propósito de esta normativa es regularizar las distorsiones operativas que existían y que permitían a los acogidos al RST beneficiarse de más de una exención contributiva.
En el Régimen Simplificado de Tributación existe un registro de 20,500 contribuyentes divididos en 16,500 profesionales liberales y 4,000 personas jurídicas. De estos 7,500 son médicos.
De los registrados en el Régimen Simplificado de Tributación 4,400 médicos tienen ingresos anuales promedio de 3.3 millones de pesos. Es este segmento de los galenos donde se apreciaría la corrección de la distorsión mediante la Norma 04-2022.
Sin embargo, esta Norma General no tendría ningún efecto impositivo en el 39 % de los médicos acogidos en el RST, así como tampoco al 62 % de todos los profesionales liberales bajo esta modalidad.
En tal sentido, se hacía necesario que, en el marco de la simplificación, este comportamiento fuese corregido por medio de un ajuste positivo en la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta para persona física del Régimen Simplificado de Tributación basado en ingresos (RSI), que es lo que vino a precisar y aclarar la Norma General 04-2022.
Respecto al argumento de que la Norma General sería violatoria del principio constitucional de irretroactividad, se tiene a bien recordar que la exención contributiva, al no ser parte de la base imponible del Impuesto Sobre la Renta, no está sujeta ni depende de la periodicidad de su hecho generador, como tampoco pasa con los créditos a los impuestos determinados.
Se destaca que el proyecto de esta Norma General agotó un proceso de consulta pública, desde el martes cuatro (04) hasta el martes dieciocho (18) de enero de 2022, el cual recibió tres (03) comentarios de contribuyentes y un gremio, los cuales fueron en su mayoría incorporados.