JCE emite Resolución donde dispone la entrega de la cédula a menores de 12 años
La Junta Central electoral (JCE) emitió la Resolución Número 74-2020 donde dispone la entrega de la cédulas de identidad y electoral a todas las personas menores de edad a partir de los 12 años cumplidos.
La Resolución establece que el documento será expedido conforme las condiciones que la Junta establezca para esos fines y las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral.
Indica que el menor con los 12 años cumplidos que se presente a buscar la cédula de identidad, deberá estar acompañado de uno de sus padres o representantes legales debidamente acreditados.
El documento establece que la cédula debe ser entregada igualmente a niñas menores de 12 años que estén en estado de gestación o que han sido madres antes de los 12 años a los fines de que los niños puedan ser debidamente inscritos en el Registro Civil.
El documento explica que en esos casos, deberán presentar su acta de nacimiento por ante la oficina correspondiente de la Dirección de Cedulación de la JCE para la emisión de cédula de menor, bajo los mismos lineamientos y procedimientos que la JCE aplica para los menores de edad comprendidos entre 12 y 17 años.
Para la entrega del documento a la niña menor de 12 años que esté en la condición arriba señalada, dice que ésta deberá presentarse con uno de sus padres o su representante legal, “debidamente acreditado”.
“Los oficiales del Estado Civil asentarán las declaraciones haciendo consignar en el espacio correspondiente a la cédula de identidad y electoral, el número de la cédula de identidad de menor, agregando entre paréntesis la leyenda (menor de edad)”, detalla la resolución.