En 2024, instituciones impiden la entrada y niegan servicios a los ciudadanos por su vestimenta
Las barreras para acceder a los servicios esenciales en algunas instituciones públicas han despertado controversia en la ciudadanía. En múltiples ocasiones ciudadanos han sido impedidos de entrar a oficinas gubernamentales por no cumplir con códigos de vestimenta impuestos por las mismas entidades. ¿Se justifica esta medida o estamos ante una posible violación de derechos fundamentales?
El programa «Toda La Verdad» que conduce la periodista Odalis Castillo, todos los domingos por el canal VTV 32, realizó una investigación acompañando a un ciudadano por distintas instituciones públicas donde las cámaras del programa pudieron captar como se le prohibió entrar por tener unos pantalones bermudas.
Juan Carlos Navarro, fue quien vivió en carne propia lo que muchos ciudadanos han experimentado al intentar acceder a servicios públicos en la Dirección General de Impuestos Internos DGII: «Fui a la Dirección General de Impuestos Internos (DGI), en la sucursal de San Isidro, con bermudas, y cuando llegué allí, la policía me dijo que no podía entrar por mi vestimenta», relata Navarro. Según les explicaron, la institución no permite la entrada a personas que lleven bermudas, pantalones cortos, sandalias que muestren los dedos y tipo Crocs entre otros.
Este tipo de medidas son implementadas en varias instituciones públicas, generado malestar entre los ciudadanos. El requisito de un código de vestimenta para acceder a servicios esenciales como el pago de impuestos, la obtención de documentos o incluso la inscripción en programas educativos ha dejado a numerosos usuarios sin poder cumplir con trámites importantes. «Ese día, además de mí, un señor con pantalón largo y sandalias con los dedos expuestos, fue devuelto. Él le dijo al policía que no podía usar zapatos por una enfermedad en los dedos, pero tampoco lo dejaron entrar»
Esto también ocurrió en el Ministerio de Educación Superior, donde al llegar, el programa confirmó que se aplican las mismas reglas: la vestimenta de Navarro, que consistía en bermudas, camisa y tenis, no fue aceptada. «No puedes entrar así», le dijeron a la entrada, sin considerar la naturaleza de su trámite.
La situación se repitió al visitar la Dirección General de Pasaportes, otro lugar donde Navarro necesitaba realizar gestiones. Nuevamente, fue devuelto en la puerta por su ropa. Esto plantea una preocupación generalizada: las restricciones por vestimenta están afectando a personas que buscan acceder a servicios fundamentales.
Según John Garrido, abogado experto en derecho constitucional, estas restricciones no solo violan el derecho al libre desarrollo de la personalidad, sino que también afectan derechos fundamentales como el acceso a la administración pública. En países tropicales, donde el calor es un factor importante, la imposición de vestimentas «formales» parece desproporcionada. “La Constitución establece el libre desarrollo de la personalidad, y en un caluroso país como el nuestro, no se puede imponer un tipo de vestimenta exclusiva, ni para los empleados ni para los usuarios”, expresó Garrido.
Este tipo de prohibiciones puede incluso afectar a personas con discapacidades o problemas de salud que le obligan a utilizar vestimenta o calzados más cómodos y se ven doblemente afectados. “Impedir a una persona entrar por no llevar zapatos cerrados, cuando tiene una condición médica, es una violación al derecho a la dignidad humana”, agregó Máximo Calzado, abogado constitucionalista.
Muchas instituciones justifican las medidas por un tema de solemnidad. “¿De qué solemnidad hablamos? Las personas no van a las instituciones públicas a ser solemnes, van a resolver problemas. Tienen que ir cómodos, acorde al clima”, criticó Garrido. Él asegura que estas normativas no están respaldadas por ninguna ley. «Esto es un invento reglamentario, una disposición administrativa contraria a la Constitución.
FUENTE: PANORAMA