Aprueban proyecto de ley que permitiría desalojar a inquilinos que no paguen

La decisión del fiscalizador, autorizando o prohibiendo el desalojo, será irrevocablemente juzgada, no será objeto de ningún recurso de oposición y será ejecutada «de inmediato».

Después de la sentencia, el proyecto de ley establece que un alguacil encargado se trasladará al lugar del alquiler y procederá a la instrumentación del desalojo o el embargo, según sea el caso.

Antes del desalojo, la pieza señala que el alguacil pedirá al inquilino desalojado alguna dirección donde pueda depositar sus pertenencias y, en caso de no tener ninguna, se recibirá el mobiliario en un almacén de Monte de Piedad.

Otras novedades

Uno de los artículos de la iniciativa establece que los propietarios de casas estarán obligados a entregar recibos de pagos cuando reciban los montos de las rentas.

También establece que los gastos legales en torno al contrato de alquiler serán «cubiertos en partes iguales» por el propietario y el inquilino.

En caso de que se acuerde un reajuste en el precio del alquiler, el costo nunca podrá exceder el 10 % del valor de la renta, según consta en el artículo ocho del proyecto.

En el caso de los depósitos, que son pagos anteriores a la renta, la iniciativa establece que los mismos no deberán exceder los dos meses del valor del contrato.

  • El artículo 22 del documento congresual prohíbe a los propietarios discriminar a posibles inquilinos por su etnia, raza, credo, condición social, la de ser o no ser extranjero u otras formas de discriminación para el alquiler de las viviendas.
  • El proyecto será conocido a partir del 16 de agosto con las modificaciones necesarias.
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