Nuevo Código Penal permite discriminación por orientación sexual, religión, ética, moral o requisitos institucionales
SANTO DOMINGO- En el día de ayer, tras la segunda lectura del informe del Código Penal, depositado por la Comisión de Justicia la semana pasada, los diputados aprobaron el Código Penal con varias enmiendas presentadas por la diputada Ysabel de la Cruz del Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Ahora el Código Penal pasa al Senado de la República.
Del artículo 186 sobre discriminación, fue eliminado «preferencia y orientación sexual» como uno de los motivos de discriminación. También se agregó un párrafo que justifica la discriminación por razones religiosas, éticas, morales o por requisitos institucionales.
No habrá discriminación cuando el prestador de servicio o contratante fundamente su negativa por objeción de conciencia religiosa, ética, moral o por requisitos institucionales.», reza el nuevo código.
Del artículo 120 fue eliminado que será culpable de trato cruel, inhumano o degradante quien de forma dolosa atente contra sentimientos de angustia o inferioridad o le provoque daño físico o sufrimiento mental a una persona.
Del artículo 97 de homicidio agravado y el 118 de torturas y actos de barbaries agravados fue eliminado que se sancionen de 30 a 40 años si se cometen contra alguna persona por su preferencia u orientación sexual.
En el artículo 109 se reincorporó la penalización a la mujer por el aborto, con uno a dos años de prisión menor.
Fuente: Somos Pueblo